El Concejo amplió derechos para trabajadores que acompañan a personas con discapacidad

Política13/11/2025 Deuda social histórica: licencias para el cuidado
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En una sesión que puso en el centro un debate largamente postergado, el Concejo Deliberante de Salta aprobó una ampliación clave de la Ordenanza Nº 16.357, que regula las licencias laborales para empleados municipales que tienen a su cargo personas con discapacidad.

La iniciativa, impulsada por la concejala Malvina Gareca (SPV), modifica una normativa que hasta ahora reconocía únicamente a quienes fueran madres o padres de hijos con discapacidad, dejando afuera a una enorme cantidad de familias salteñas que también ejercen roles de cuidados cotidianos invisibilizados.

La novedad, es que a partir de la modificación, también podrán acceder al beneficio los trabajadores que tengan bajo su cuidado a parientes, cónyuge o convivientes con discapacidad, sin importar si la condición es congénita o adquirida con el paso del tiempo. Es un cambio que, más allá de lo administrativo, expone una discusión social profunda: quién cuida, cómo se cuida y qué herramientas da el Estado para que esos cuidados no sean motivo de exclusión laboral o precarización.

En su fundamentación, Gareca recordó que la normativa original —sancionada recién el año pasado— nació para atender reclamos de empleados municipales que quedaban en una disyuntiva angustiante: elegir entre su trabajo o acompañar a sus hijos con discapacidad en cuestiones médicas, terapéuticas o cotidianas. Pero apenas la norma empezó a aplicarse, aparecieron los casos que la misma ley no contemplaba: hermanos que conviven con adultos mayores con discapacidad, parejas que cuidan a su cónyuge, familias ensambladas que sostienen situaciones complejas sin reconocimiento legal.

La ampliación, así, no solo corrige una omisión, sino que reconoce la diversidad real de las configuraciones familiares y la multiplicidad de vínculos donde existe cuidado sostenido. Y lo hace con un mensaje político de fondo: el Estado municipal no puede ser ajeno a la vida concreta de sus trabajadores.

Qué cambia con la nueva redacción

El artículo 1° ahora establece formalmente una licencia por cuidado de personas con discapacidad para todo el personal de la Municipalidad de Salta y organismos descentralizados. La norma aclara que:

  • El beneficio se aplica a quienes tengan a su cargo el cuidado de parientes, cónyuge o convivientes.
  • La discapacidad puede ser congénita o adquirida.
  • Se adecua la redacción sobre permisos de inasistencia con goce de haberes.
  • Se mantiene la posibilidad de reducción de una hora de la jornada laboral, una herramienta clave para quienes sostienen rutinas de acompañamiento terapéutico o sanitario.

El concejal Gustavo Farquharson (VPS) acompañó el proyecto, destacando la necesidad de seguir ampliando marcos de protección para las familias cuidadoras, uno de los sectores más invisibilizados del Estado.

La ampliación de la ordenanza aparece como un avance necesario en una ciudad donde miles de personas enfrentan desafíos diarios vinculados a la discapacidad: trámites interminables, profesionales insuficientes, transporte inaccesible, barreras arquitectónicas y una histórica falta de perspectiva de cuidados. Para quienes sostienen esas tareas —en su mayoría mujeres—, las licencias y reducciones horarias no son privilegios, sino la única forma posible de no quedar expulsados del ámbito laboral.

La medida marca un rumbo: que el cuidado deje de ser una responsabilidad individual y pase a ser una política pública. Un reconocimiento básico, pero imprescindible, en una sociedad que todavía entiende la discapacidad desde la excepción y no desde los derechos.

Queda pendiente, sin embargo, la discusión mayor: construir un sistema municipal sólido de apoyos, accesibilidad y acompañamiento que no dependa solamente del esfuerzo familiar. La ordenanza aprobada es un ladrillo más en ese edificio que Salta aún debe terminar. Por ahora, el Concejo dio una señal clara: nadie que cuide debería quedar solo.

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