




El proyecto de ley que envió a la legislatura plantea, además, que los afiliados del IPS cesarán su condición de tal, al momento de obtener su jubilación y pasarán a cobertura del PAMI.
La iniciativa legislativa llegó esta semana a la Cámara de Diputados. Propone la adhesión de la provincia al artículo 2º de la Ley Nacional N° 25.649, de Especialidades Medicinales.
Esa Ley del 2002 fue modificada por el Decreto de Necesidad y Urgencia N° 70/2023 del Poder Ejecutivo Nacional.


El artículo 2° de la Ley de Especialidades Médicas, al que propone ahora adherir la provincia establece que: “Toda receta o prescripción médica deberá efectuarse en forma obligatoria expresando exclusivamente el nombre genérico del medicamento o denominación común internacional que se indique, seguida de forma farmacéutica y dosis/unidad, con detalle del grado de concentración".
El farmacéutico, debidamente autorizado por la autoridad competente, es el único responsable y capacitado para la debida dispensa de especialidades farmacéuticas que requieran recetas en cualquiera de sus modalidades.
El mensaje que acompaña el proyecto de Ley expresa que “se garantiza así, la libertad de prescripción y dispensación basándose en la elección del principio activo, evitando privilegiar marcas o especialidades comerciales de referencia”.
Añade que “los medicamentos genéricos son una alternativa válida a los de marca, porque resultan igual de eficaces y seguros, pero con un costo sensiblemente menor ya que por lo general sus fabricantes no invierten en investigación, desarrollo, publicidad ni patentes. Además tienen la misma eficacia, calidad y seguridad que los de marca”.
“Al establecer el proyecto que el IPS reconocerá solamente los medicamentos recetados en forma genérica, contribuye a racionalizar el gasto de la mentada obra social, la cual se encuentra en un proceso de normalización, resultando indispensable equilibrar la balanza entre ingresos y egresos”.
Del IPS al PAMI
Finalmente -expresa el proyecto - la norma adjunta establece que los afiliados del IPS cesarán su condición de tal al momento de obtener su jubilación, medida que se adopta en el marco de la normalización de la entidad, con el propósito de adoptar herramientas que tiendan a evitar el desfinanciamiento de la obra social, teniendo en cuenta que en el momento de obtener la jubilación, los beneficiarios pasan a obtener la cobertura del Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados no(PAMI)”



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