


Quienes instalen micro, pequeñas y medianas empresas generadoras de empleo en la provincia, podrían adherir a un régimen de fomento propuesto por la diputada provincial del Pro, Sofía Sierra, mediante un proyecto de ley presentado en la cámara baja provincial.
De acuerdo a la iniciativa de la legisladora, tendrá derecho a inscribirse en el Régimen de Fomento todo nuevo contribuyente, sea persona física o jurídica, titular de un emprendimiento de servicios, comercial, de construcción, turístico, minero, industrial o agropecuario que cuente con al menos un empleado en relación de dependencia y cuya facturación proyectada no exceda los montos máximos previstos por la Reglamentación de la Ley Nacional 24.467 para las categorías Micro y Pequeña Empresa.
“Como lo digo desde que estaba en campaña: “Debemos fomentar ecosistemas de desarrollo, para la creación de empresas que generen más empleos y riqueza genuina a nuestra provincia”, dijo Sierra.
Además, podrán inscribirse aquellos contribuyentes que habiendo estado inscriptos en el Impuesto a las Actividades Económicas hayan cesado su actividad con un plazo mínimo de 36 meses de antelación a la fecha de inscripción en el presente régimen y cumplan los requisitos estipulados en el artículo anterior.
“Este será un proceso no burocrático, porque sería dado de alta automáticamente en la inscripción de la pyme, sin cupos ni designaciones políticas, se brinda igualdad de oportunidades a todas las nuevas empresas”, explicó. “Algo importante del proyecto que incluimos en el acta de esta semana, es que el mismo busca no desfinanciar a la provincia, ya que es para pymes que se están creando, entonces el Estado actualmente no percibe ningún ingreso, por lo que sería un ganar/ganar entre el desarrollo empresarial y el erario público”, enfatizó la diputada.
Los beneficios
Los contribuyentes inscriptos en el Régimen gozarán de los siguientes beneficios:
Exención del 100% del Impuesto a las Actividades Económicas durante los primeros seis meses posteriores a la inscripción.
Exención del 50% del Impuesto a las Actividades Económicas desde el séptimo hasta el decimoctavo mes.
Exención del 30% del Impuesto a las Actividades Económicas desde el decimonoveno hasta el trigésimo sexto mes.


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