
Quienes no vayan a votar enfrentarán multas económicas y admnistrativas
El Tintero Legislativo 23/10/2025 Atención votantes
El próximo domingo 26 de octubre, el voto será obligatorio para todos los ciudadanos argentinos de 18 a 70 años. Aquellos que decidan ausentarse sin una causa justificada serán automáticamente incluidos en el Padrón de Infractores, lo que implica el pago de una multa económica y severas restricciones administrativas que impiden realizar trámites esenciales durante un año.
El domingo 26 de octubre, los argentinos volverán a las urnas para cumplir con el deber cívico de elegir diputados y senadores nacionales. Según lo establece el Código Electoral Nacional (Ley 19.945), el voto es obligatorio para los ciudadanos de 18 a 70 años. No presentarse a votar sin una causa debidamente justificada acarrea consecuencias legales y administrativas.
Quienes no concurran a los centros de votación quedarán automáticamente registrados en el Padrón de Infractores, un listado que es actualizado por la Justicia Electoral tras cada comicio. Para regularizar la situación, los ausentes deben presentar un justificativo válido, como ser un certificado de enfermedad o constatar que se encuentran a más de 500 kilómetros del lugar de votación, o bien, afrontar el pago de la multa.
La penalidad por la infracción no es solo económica, sino que tiene un fuerte componente administrativo. El valor exacto de la multa económica depende del historial de inasistencias del ciudadano; es decir, cuantas más veces se haya faltado, mayor será la penalidad. El monto varía, y la última actualización conocida fija un rango que puede ir de $50 a $150 para la primera infracción y de $100 a $500 en caso de reincidencias, aunque otras fuentes citan valores superiores.
Sin embargo, los especialistas coinciden en que la sanción más severa son las restricciones administrativas. Quienes no paguen ni justifiquen la falta serán inhabilitados para realizar trámites en organismos nacionales, provinciales y municipales durante un año desde la fecha de la elección. Esta prohibición incluye gestiones tan habituales como sacar el pasaporte, renovar el DNI o incluso acceder a cargos públicos.
Además, el nombre del infractor aparecerá en el Registro Nacional de Infractores al Deber de Votar, lo que puede afectar futuras designaciones en el sistema electoral o procesos de inscripción. La multa, más allá de su monto, funciona como un recordatorio del carácter obligatorio del sufragio en la Argentina y del compromiso cívico que subyace en la democracia.


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