
La Justicia ordenó a ANDIS restituir en 24 horas las pensiones por discapacidad suspendidas
General18/10/2025 Cómo sigue el tema
Un fallo del Juzgado Federal N° 2 de Catamarca extendió a todo el país la cautelar que ya regía en esa provincia y obligó a la Agencia Nacional de Discapacidad a restituir de inmediato las pensiones no contributivas por “invalidez laboral” suspendidas por el Decreto 843/2024, pagar los haberes retenidos y frenar las auditorías basadas en esa norma hasta que haya sentencia definitiva.
Con una resolución de alto impacto, el Juzgado Federal N° 2 de Catamarca nacionalizó la protección cautelar y puso un límite claro a la poda de derechos: ANDIS tiene 24 horas para restablecer todas las pensiones interrumpidas por el 843/2024 y deberá depositar los montos adeudados a cada persona afectada. Además, no podrá seguir con auditorías ni dictar nuevas suspensiones apoyadas en el decreto cuestionado mientras dure el proceso.
La causa se enmarca en un amparo colectivo encabezado por el Defensor del Pueblo de Catamarca, personas con discapacidad y APYFaDiM, al que se sumó la presentación ante la Justicia Federal de La Plata de Asociación Azul, ACIJ y CELS, con el patrocinio de la Clínica Jurídica en Discapacidad y DD. HH. de la UNLP. También intervinieron REDI, FAICA, RADIS, APDH y la Mesa de Trabajo en Discapacidad y DD. HH.
El planteo fue contundente: la suspensión masiva violó el debido proceso y el derecho a la protección social, la salud y la vida independiente. Y hubo un quiebre del deber de buena fe estatal al imponer nuevas obligaciones (como actualizar domicilio) sin difusión adecuada y en simultáneo con las auditorías.
El dato que desnuda la política del recorte
Según los presentantes, más de 100.000 pensiones fueron suspendidas en los últimos meses. El fallo califica ese avance como un “grave avasallamiento” que profundizó la vulnerabilidad y la exclusión de un colectivo históricamente postergado. La Justicia, subraya la resolución, reafirma la obligación del Estado de revertir un accionar arbitrario que puso en riesgo el derecho a una vida digna.
Qué cambia desde hoy
Restitución inmediata (24 h): ANDIS debe reactivar todas las pensiones por invalidez laboral suspendidas por el 843/2024.
Pago de haberes retenidos: devolución de los montos adeudados a cada beneficiario/a.
Auditorías, en pausa: queda prohibido continuar o iniciar suspensiones basadas en el decreto hasta sentencia definitiva.
Clave política
El fallo expone el corazón del conflicto: auditar no es sinónimo de recortar y la legalidad no puede ser excusa para vulnerar derechos. Donde el decreto abrió la puerta a un ajuste silencioso, la Justicia marcó el límite: primero, las garantías; después, los controles. Si el Estado exige, debe informar, notificar y asegurar el debido proceso. Lo contrario —como se vio— no es auditoría: es retroceso.
Lo que sigue
Con la cautelar extendida a todo el territorio, ANDIS queda compelida a cumplir ya. Si no lo hace, se expone a desacato y a nuevas acciones judiciales. En paralelo, el debate de fondo sobre la validez del DNU 843/2024 y su aplicación compatible con derechos humanos será materia de sentencia. Pero el mensaje judicial de hoy es nítido: los derechos no se “auditan”, se garantizan.


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