Rechazaron la denuncia a los jueces que encarcelaron a Santos Clemente Vera
11/05/2024 redaccionEl jurado de enjuiciamiento de magistrados rechazó la denuncia presentada contra los jueces del Tribunal de Impugnación, Rubén Nallar y Luciano Martini. Estos jueces fueron acusados de avasallar la ley al enviar a prisión a Santos Clemente Vera, quien era inocente.
La denuncia fue promovida por el diputado provincial José Gauffin, quien alegó que los jueces habrían cometido mal desempeño al condenar a Santos Clemente Vera en segunda instancia, arrogándose una competencia que correspondería a otro tribunal inferior, como el Tribunal de Juicio.
El procurador general de la Provincia, Pedro García Castiella, desestimó los argumentos de la denuncia, señalando numerosas imprecisiones y conclusiones inexistentes basadas en el fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación. García Castiella recordó que en la causa de las turistas francesas, la familia Moumni y parte de la familia Bouvier habían solicitado la condena de Vera al Tribunal de Impugnación.
García Castiella destacó que los jueces Arias Nallar y Martini tenían la competencia para resolver en segunda instancia y que esta práctica tiene aceptación jurídica general. Argumentó que resolver en segunda instancia otorga una respuesta inmediata al justiciable y es más acorde con el derecho que reenviar la causa para un nuevo debate.
El Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados concluyó que los errores o desaciertos atribuidos a los jueces acusados no constituyen una causal de mal desempeño que justifique su destitución, ya que no son suficientes para determinar su incompatibilidad con el ejercicio de sus funciones.
La reunión del Jurado de Enjuiciamiento estuvo encabezada por la presidenta de la Corte de Justicia, Teresa Ovejero, y contó con la presencia de representantes de la Cámara de Senadores y la Cámara de Diputados, así como el Fiscal de Estado.
Cabe mencionar que el procurador general de la Provincia, Pedro García Castiella, señaló que la denuncia incurre en numerosas imprecisiones y extrae conclusiones del fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Nación que son inexistentes.
Indicó que en la causa de las turistas francesas, la familia Moumni y parte de la familia, Bouvier solicitaron que el Tribunal de Impugnación condene a Vera. Agregó que los jueces Arias Nallar y Martini se encontraban en condiciones de ejercer competencia positiva. Expresó que la posibilidad de condenar en segunda instancia encuentra aceptación jurídica general y puntualizó que esa solución, en cuanto otorga una respuesta inmediata al justiciable, resulta mucho más acorde a derecho que reenviar la causa para que se realice un nuevo debate.
Ambos jueces al formular su descargo adujeron que la forma de resolver no se apartó de los precedentes del Tribunal de Impugnación confirmados incluso por la Corte Suprema de Justicia de la Nación que al resolver en este caso adoptó una nueva doctrina.
En su pronunciamiento el Jurado de Enjuiciamiento de Magistrados puntualizó que “el error o desacierto atribuidos a los magistrados acusados no pueden configurar, más allá de la valoración subjetiva que el denunciante se considere con derecho a formular, la causal de mal desempeño, con el alcance de tornar viable su destitución, pues tales irregularidades no resultan idóneas, por sí solas y en el presente caso, para determinar su incompatibilidad con la continuidad en el ejercicio de sus funciones”.