Córdoba: leve multa a un ginecólogo por grabar con lentes inteligentes una consulta

Con una multa simbólica de 900.000 pesos y un curso de género, el Poder Judicial de Córdoba dejó prácticamente impune a un ginecólogo que atendió a una paciente con anteojos inteligentes capaces de filmar y la sometió a un trato infantilizante y denigrante durante una consulta médica.
La resolución dictada por el Juzgado de Control y Faltas N° 7 de la ciudad de Córdoba ante la denuncia contra un ginecólogo que utilizó lentes inteligentes durante un examen ginecológico y se dirigió a una paciente con expresiones humillantes volvió a dejar al descubierto la ceguera de género e indulgencia con la que el sistema judicial aborda la violencia obstétrica y ginecológica. Pese a revocar la absolución previa y declarar al médico responsable de "maltrato agravado por razones de género", el juez José Peralta fijó como única sanción una multa económica de 900.000 pesos —un monto insignificante para el ejercicio profesional privado— y la asistencia a un curso sobre género.
El hecho ocurrió el 23 de febrero, cuando la mujer acudió al consultorio para asesorarse sobre la crioconservación de óvulos. En ese contexto de vulnerabilidad y asimetría de poder, el médico la sometió a una ecografía transvaginal sin la presencia de un auxiliar, tratándola de “nena” y “nenita” y lanzando comentarios de connotación sexual como “tenés los ovarios de una pend...”. A la violencia verbal e infantilizante se sumó un atropello directo a la privacidad: el profesional utilizó anteojos Ray-Ban Meta —equipados con cámaras ocultas para captar imágenes y video— sin informar ni solicitar el consentimiento de la paciente, escudándose posteriormente en la excusa de que usaba el dispositivo como lentes multifocales y con las funciones de grabación desactivadas.
La decisión judicial, si bien reconoce la infracción a la Ley 26.529 de Derechos del Paciente y la Ley 26.485 de Protección Integral a las Mujeres, termina convalidando una severa minusvaloración del daño infligido. Reducir la vulneración de la intimidad corporal en la camilla ginecológica a una sanción monetaria envía un mensaje de profunda desprotección a las usuarias del sistema de salud: la privacidad de las mujeres en el ámbito médico tiene un costo económico que el poder corporativo puede exigir sin perder la matrícula ni sufrir la inhabilitación para ejercer.
Asimismo, la imposibilidad de peritar el software de los anteojos por "limitaciones técnicas" expone la falta de protocolos judiciales adaptados a las nuevas tecnologías de espionaje y registro no consentido. Mientras el magistrado reconoció que la conducta del médico quebrantó de manera irreparable la confianza y el trato digno, la levedad de la pena ratifica la urgencia de juzgar la violencia médica con una verdadera perspectiva de género que no naturalice la cosificación ni proteja el estatus de los profesionales de la salud.
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