Orán: la multinacional Seabord pide agua del río San Francisco

Salta06/01/2026 Para regar más de 300 hectáreas
río y tabacal

La solicitud de concesión de agua pública presentada por Seaboard Energías Renovables y Alimentos SRL volvió a poner bajo la lupa el modelo de uso del agua en el norte de Salta, una región atravesada históricamente por tensiones entre producción a gran escala, comunidades locales y sostenibilidad ambiental.

Según lo publicado en el Boletín Oficial, la empresa gestiona permisos para captar agua del río San Francisco con destino al riego de 320 hectáreas de cultivos en el departamento Orán, mediante un sistema de bombeo desde el margen izquierdo del curso de agua. El volumen solicitado alcanza un caudal total de 168 litros por segundo, distribuido en tres catastros rurales.

El peso de Seaboard en el territorio

Si bien la razón social mencionada corresponde a su unidad local, Seaboard es un conglomerado agroindustrial de alcance internacional, con fuerte presencia histórica en el norte argentino a través del ingenio San Martín del Tabacal, uno de los complejos productivos más grandes de la región.

Su actividad abarca desde la producción de azúcar y alcohol hasta alimentos, energía y exportaciones, con miles de hectáreas bajo explotación y una infraestructura que le permite un acceso privilegiado a recursos estratégicos como la tierra y el agua. En ese contexto, el pedido de concesión no es un trámite menor: involucra a uno de los actores económicos más poderosos del departamento Orán.

Agua pública, impacto colectivo

El río San Francisco constituye una fuente hídrica clave para el ecosistema regional, el consumo humano, la producción de pequeños y medianos agricultores y la biodiversidad. Aunque el pedido de Seaboard se define como de carácter eventual, el volumen solicitado y la superficie a regar reavivan interrogantes sobre la sustentabilidad del uso intensivo del recurso, especialmente en un escenario marcado por el cambio climático, la reducción de caudales y la creciente demanda.

Especialistas y organizaciones ambientales vienen advirtiendo que la acumulación de concesiones individuales, aun cuando sean legales, puede generar impactos acumulativos que no siempre son evaluados de manera integral, afectando a quienes dependen del río aguas abajo.

Derecho a informarse y a objetar

La normativa provincial obliga a que este tipo de gestiones sean publicadas para garantizar el derecho de terceros a tomar conocimiento y expresar objeciones. En este caso, el Código de Aguas establece un plazo de 30 días hábiles desde la última publicación para que personas o instituciones con interés legítimo puedan presentarse ante la Secretaría de Recursos Hídricos, donde se encuentran disponibles los detalles técnicos de la captación solicitada.

Más allá del desenlace administrativo, el caso vuelve a instalar una pregunta de fondo: quiénes acceden al agua, en qué cantidad y bajo qué criterios, en una provincia donde el recurso es público, finito y cada vez más disputado.

La resolución lleva la firma de Silvia F. Santamaría, jefa del Programa Jurídico de la Secretaría de Recursos Hídricos, y fue emitida el 26 de diciembre de 2025.

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