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title: "Quienes no vayan a votar enfrentarán multas económicas y admnistrativas"
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  - "Elecciones 2025"
  - "elecciones legislativas 2025"
author_name: "Atención votantes"
category_name: "El Tintero Legislativo"
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# Quienes no vayan a votar enfrentarán multas económicas y admnistrativas

![urna-elecciones-2023jpg](/download/multimedia.normal.a659fb713c01ca62.dXJuYS1lbGVjY2lvbmVzLTIwMjNqcGdfbm9ybWFsLndlYnA=.webp)

**El próximo domingo 26 de octubre, el voto será obligatorio para todos los ciudadanos argentinos de 18 a 70 años. Aquellos que decidan ausentarse sin una causa justificada serán automáticamente incluidos en el Padrón de Infractores, lo que implica el pago de una multa económica y severas restricciones administrativas que impiden realizar trámites esenciales durante un año.**

El domingo 26 de octubre, los argentinos volverán a las urnas para cumplir con el deber cívico de elegir diputados y senadores nacionales. Según lo establece el Código Electoral Nacional (Ley 19.945), el voto es obligatorio para los ciudadanos de 18 a 70 años. No presentarse a votar sin una causa debidamente justificada acarrea consecuencias legales y administrativas.

**Quienes no concurran a los centros de votación quedarán automáticamente registrados en el Padrón de Infractores**, un listado que es actualizado por la Justicia Electoral tras cada comicio. Para regularizar la situación, los ausentes deben presentar un justificativo válido, como ser un certificado de enfermedad o constatar que se encuentran a más de 500 kilómetros del lugar de votación, o bien, afrontar el pago de la multa.

**La penalidad por la infracción no es solo económica, sino que tiene un fuerte componente administrativo.** El valor exacto de la multa económica depende del historial de inasistencias del ciudadano; es decir, cuantas más veces se haya faltado, mayor será la penalidad. El monto varía, y la última actualización conocida fija un rango que**puede ir de $50 a $150 para la primera infracción y de $100 a $500 en caso de reincidencias**, aunque otras fuentes citan valores superiores.

Sin embargo, los especialistas coinciden en que **la sanción más severa son las restricciones administrativas.**Quienes no paguen ni justifiquen la falta **serán inhabilitados para realizar trámites en organismos nacionales, provinciales y municipales durante un año desde la fecha de la elección**. Esta prohibición incluye gestiones tan habituales como sacar el **pasaporte**, **renovar el DNI** o incluso **acceder a cargos públicos.**

Además, el nombre del infractor aparecerá en el Registro Nacional de Infractores al Deber de Votar, lo que puede afectar futuras designaciones en el sistema electoral o procesos de inscripción. **La multa, más allá de su monto, funciona como un recordatorio del carácter obligatorio del sufragio en la Argentina y del compromiso cívico que subyace en la democracia.**

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