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  - "Agencia de Recaudación y Control Aduanero"
  - "Indec"
  - "IPC"
author_name: "¿Nos vigilan?"
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# ARCA: Nuevos montos para que billeteras y bancos informen movimientos de clientes

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**El organismo recaudador ajustó las cifras en función de la inflación. Los nuevos topes rigen desde el 1 de enero de 2025.**

La*Agencia de Recaudación y Control Aduanero* (**ARCA**) aumentó los importes a partir de los cuales deben informar las entidades financieras y las billeteras virtuales sobre transacciones, saldos y consumos de sus clientes.

Este ajuste surge de la actualización semestral automática basada en las variaciones del *Índice de Precios al Consumidor* (**IPC**) elaborado por el *Instituto Nacional de Estadística y Censos* (**INDEC**), de acuerdo a las modificaciones introducidas por la Resolución General 5512/2024. Los nuevos importes comienzan a regir para las operaciones ocurridas a partir del 1/1/2025.

**¿Cuáles son los nuevos montos a partir de enero y qué debe informarse?**

Estas son las operaciones que deben informarse sólo si superan los siguientes importes:

**$ 600.000:**

- Total de consumos con tarjetas de débito del país.
- Ingresos o egresos totales en billeteras virtuales.

**$ 1.000.000:**

- Total de acreditaciones bancarias registradas en el mes.
- Total de depósitos a plazo constituidos en el mes.
- Extracciones en efectivo en el país o en el exterior, por ventanilla, cajero automático o cualquier otro medio.
- Saldo final en cuentas bancarias al último día hábil de cada mes.
- Saldo final en billeteras virtuales al último día hábil de cada mes.

**$ 2.000.000:**

- Aplicable solo para billeteras virtuales, en caso de transferencias bancarias o virtuales superiores a dicho monto.

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